Artículo 20. Organización de competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional en la Comunidad Autónoma gallega.
Artículo 20 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. · BOE-A-2012-5596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-14.
Texto consolidado
Las federaciones deportivas gallegas habrán de consultar a la Administración deportiva autonómica la solicitud, compromiso, organización o colaboración en la organización de actividades o competiciones oficiales deportivas de ámbito estatal o internacional. Esta consulta deberá reflejar, en todo caso, el interés deportivo de la actividad o competición para la Comunidad Autónoma.