Artículo 20. Potenciación de políticas públicas por la administración pública.
Artículo 20 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
La administración potenciará políticas públicas que eviten el aislamiento de las personas mayores, favoreciendo la socialización, las actividades intergeneracionales y servicios públicos que permitan el intercambio de experiencias.
La administración pública velará especialmente por las personas mayores que por sus condiciones personales, sociales o económicas se hallen en riesgo de exclusión social.