Artículo 21. De la atención sociosanitaria.
Artículo 21 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
La atención sociosanitaria a las personas mayores estará orientada a la consecución de los objetivos siguientes:
a) Prevenir los problemas de salud a través del desarrollo de programas dirigidos a fomentar hábitos de vida saludables y la detección precoz de enfermedades que alteran el proceso normal de envejecimiento.
b) Potenciar los programas de rehabilitación funcional que contribuyan al mantenimiento o mejora del estado físico, psíquico y sensorial de las personas mayores.
c) Procurar la permanencia de las personas mayores en su entorno familiar y social potenciando la atención sociosanitaria en su propio domicilio.