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Ley Vigente

Artículo 20. Derechos económicos de baja cuantía.

Artículo 20 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

El titular de la consejería competente en materia de hacienda podrá disponer la no liquidación o, en su caso, la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que fije como insuficiente para la cobertura del coste que su exacción y recaudación representen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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