Artículo 20. Facultades de organización.
Artículo 20 de la Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón. · BOE-A-2010-2162
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-20.
Texto consolidado
La Cámara de Cuentas tendrá plenas facultades para organizar todos los asuntos relacionados con su régimen interno de acuerdo con lo establecido en la presente ley y en su propio Reglamento de Organización y Funcionamiento.