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Resolución Vigente

Artículo 2. Modalidades de entrada individual general.

Artículo 2 de la Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en el que se establecen los precios públicos de entrada al museo. · BOE-A-2022-126

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-01.

Texto consolidado

1. Además de la entrada individual general descrita en el artículo 1, se definen distintas modalidades de entrada individual general como medidas de fomento de la visita. Todas ellas, entradas de tarifa única a las que no se les aplicará ninguno de los tipos de reducción o de gratuidad que se contemplan en los artículos 3 y 7.

2. En los casos en los que se modifique el precio de la entrada individual general al Museo de acuerdo con lo indicado en el artículo 1.4, la totalidad de las modalidades de entrada individual general descritas en el artículo 2.3 de este artículo verá modificado su precio en la misma cuantía, salvo la entrada definida en el apartado 3.a), que requerirá su fijación expresa.

3. Se definen las siguientes modalidades de entrada individual general:

a) Entrada individual general válida para dos visitas:

1. El precio de la entrada general válida para dos visitas al Museo se establece en 18 euros.

2. Esta entrada permite realizar dos visitas al Museo a lo largo de un año contado a partir del día de la primera visita.

b) Entrada individual general bonificada:

1. Se establece el precio de la entrada individual general para la compra de entradas en número superior a 100 entradas en una única operación de venta, en 10 euros para cada entrada

2. Esta modalidad de entrada tiene una validez de un año desde la fecha de la compra.

3. Las condiciones específicas que regulen esta modalidad de entrada serán fijadas en el documento de términos y condiciones que recogerá la política del Museo respecto a estas entradas.

c) Entrada individual general combinada:

Mediante resolución del Director del Museo podrá fijarse un precio de entrada combinada que incluya la visita al Museo así como a otras prestaciones complementarias, como audioguía u otros dispositivos de apoyo a la visita, visita guiada o catálogos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-02-01.

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