El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Artículo 2. Modificaciones en los presupuestos de los Organismos autónomos Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario e Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza.

Artículo 2 del Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo. · BOE-A-1993-5716

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-03-03.

Texto consolidado

Los suplementos de crédito, que por importe de 10.000 millones de pesetas se conceden a la Sección 21 «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación», se reflejarán en los vigentes Presupuestos de ingresos y Gastos de los Organismos 21.109 «Instituto Nacional para la Reforma y Desarrollo Agrario» y 21.203 «Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza», en los términos siguientes:

Presupuesto de Ingresos

Aumentos

Aplicación

Denominación

Importe

Millones de pesetas

21.109.700

Del Departamento a que está adscrito

2.000

21.203.700

Del Departamento a que está adscrito

8.000

Presupuesto de Gastos

Aumentos

Aplicación

Denominación

Importe

Millones de pesetas

21.109.7120.778

Mejora de fa estructura productiva y desarrollo rural. Actuaciones forestales

2.000

21.203.533A.611

Protección y mejora del medio natural. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes al uso general

8.000

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-03-03.

Más artículos de Real Decreto-ley 3/1993

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 3/1993 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.