Artículo 1. Concesión de varios suplementos de crédito.
Artículo 1 del Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo. · BOE-A-1993-5716
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-03-03.
Texto consolidado
Se conceden varios suplementos de crédito al vigente presupuesto de gastos del Estado por importe total de 50.000 millones de pesetas, con el siguiente detalle:
Aplicación
Denominación
Importe
–
Millones de pesetas
17.09.432A.611
Ordenación y fomento de la edificación. Inversión de reposición en infraestructuras
1.000
17.13.441A.601
Infraestructura urbana de saneamiento y calidad del agua. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
3.000
17.14.4431.611
Protección y mejora del medio ambiente. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
2.500
17.15.514C.601
Actuación en la costa. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
3.620
17.17.512A.611
Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos. Inversión de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general
7.000
17.32.514A.630
Seguridad del tráfico marítimo y vigilancia costera. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
1.500
17.38.513D.601
Creación de infraestructuras de carreteras. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
13.630
17.38.513E.611
Conservación y explotación de carreteras. Inversión de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general
1.750
17.39.513A.601
Infraestructura del transporte ferroviario. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
3.000
20.16.722D.778
Programa Industrial y Tecnológico Medioambiental (PITMA)
3.000
21.04
Transferencias entre subsectores. 710
Al instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA) para gastos de capital
2.000
21.04
Transferencias entre subsectores. 730
Al Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) para gastos de capital
8.000
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 53, de 3 de marzo de 1993. Ref. BOE-A-1993-5832.