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Real Decreto Anulada

Artículo 2. Los funcionarios de la Carrera Diplomática.

Artículo 2 del Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática. · BOE-A-2014-7970

Atención: Real Decreto 638/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los funcionarios de la Carrera Diplomática, que se someten a un régimen de obligada movilidad fuera de España, constituyen el Cuerpo de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, al que por su preparación específica les están encomendadas las funciones de naturaleza política, diplomáticas y consulares, de acuerdo con lo establecido por los convenios internacionales en vigor, por lo que los puestos que tengan atribuidas dichas funciones se adscriben con carácter exclusivo a dichos funcionarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-15.

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