Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio, de impulso a la descarbonización del sector del transporte y fomento de los combustibles renovables, y por el que se modifican diversos reales decretos en la materia. · BOE-A-2026-16011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-24.
Texto consolidado
1. Están incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto los combustibles renovables e hipocarbónicos líquidos y gaseosos, y la energía eléctrica de origen renovable utilizados con fines de transporte en el territorio nacional, independientemente del origen geográfico de estos combustibles.
2. Se incorporan al ámbito de aplicación de este real decreto los combustibles renovables e hipocarbónicos líquidos y gaseosos y de carbono reciclado para fines diferentes a los del transporte en el territorio nacional, de la forma prevista en el título V.