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Real Decreto Derogada

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 del Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria. · BOE-A-2016-11820

Atención: Real Decreto 544/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. A los efectos de este real decreto, serán de aplicación las definiciones previstas en la letra b) del artículo 2 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios; y en las letras a), j), k), o), p), r), s), t) y u) del apartado 1, y en las letras f) y g) del apartado 2, del artículo 2 del Real Decreto 1246/2008, de 18 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente.

2. Asimismo, se entenderá como venta a distancia aquella realizada sin la presencia del comprador en la oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista de medicamentos veterinarios, y efectuada por medios electrónicos o por correspondencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-14.

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