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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 del Real Decreto 538/2015, de 26 de junio, por el que se regula la realización de estudios, informes y análisis comparativos sobre productos alimenticios. · BOE-A-2015-7125

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-28.

Texto consolidado

A efectos de lo contemplado en esta norma, se considerará:

a) Elaborador del estudio: toda persona física o jurídica por cuya iniciativa se realicen los estudios, informes o análisis comparativos regulados en la presente norma.

b) Operador interesado: el operador u operadores responsables del producto cuyo nombre o razón social y dirección figura en el etiquetado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-28.

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