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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Procedimientos de cuantía determinada.

Artículo 2 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Texto consolidado

1. En toda clase de procedimientos de cuantía determinada, salvo disposición específica que regule su percepción, cada profesional de la Procura interviniente percibirá sus derechos con el límite máximo fijado en la siguiente escala:

Escala en euros

Importe máximo

Euros

60,00

13,01

120,00

23,48

180,00

28,63

240,00

35,15

300,00

40,43

360,00

46,94

420,00

57,28

480,00

63,36

540,00

66,93

600,00

71,39

1.200,00

89,25

1.800,00

107,10

2.400,00

120,49

3.000,00

133,87

3.600,00

151,71

4.200,00

169,56

4.800,00

187,42

5.400,00

205,27

6.000,00

223,11

12.000,00

356,99

24.000,00

535,50

36.000,00

714,00

48.000,00

892,50

60.000,00

1.026,36

90.000,00

1.115,63

120.000,00

1.204,88

180.000,00

1.294,12

240.000,00

1.383,37

300.000,00

1.472,62

360.000,00

1.561,87

420.000,00

1.651,12

480.000,00

1.829,61

540.000,00

1.927,80

600.000,00

2.079,53

2. Por cada 6.000 euros o fracción que exceda de 600.000 euros se devengarán, como máximo:

Por cada fracción

Importe máximo

Euros

6.000,00

15,17

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

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