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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Descripción de las emisiones primarias.

Artículo 2 del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica. · BOE-A-2008-5379

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-21.

Texto consolidado

1. Las emisiones primarias se instrumentan a través de opciones de compra de energía hasta una potencia horaria determinada, ejercitables a lo largo de un período de entrega o ejercicio prefijado. La opción se ejercerá a un precio (de ejercicio) conocido expresado en € (euros) por MWh (megavatio hora) medidos en barras de central.

2. Las opciones de compra se asignarán entre los sujetos compradores mediante un proceso de subasta competitiva y transparente, según las primas que ofrezcan.

3. La potencia máxima ofertada en cada subasta se dividirá en opciones de base, ejercitables en cualesquiera de las horas de todos los días, laborables y festivos, incluidos en el período de ejercicio; y opciones de punta, ejercitables en cualesquiera de las horas definidas como punta en todos los días del período de entrega, excepto sábados, domingos y festivos nacionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-21.

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