Artículo 2. Determinación del nexo causal.
Artículo 2 del Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas de delitos de terrorismo. · BOE-A-2003-5455
Atención: Real Decreto 288/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Para la determinación del nexo causal entre las actividades delictivas terroristas y el resultado lesivo producido, se estará a lo que resulte de la valoración de las pruebas aportadas o practicadas en la instrucción del expediente administrativo indemnizatorio. La resolución que ponga fin al expediente contendrá un pronunciamiento expreso sobre la acreditación del nexo causal, el cual surtirá los efectos que correspondan en otros procedimientos administrativos que traigan causa de los mismos hechos terroristas, y cuya tramitación corresponda al Ministerio del Interior.
2. El interesado podrá instar la revisión de la resolución administrativa dictada en el expediente a que se refiere el apartado anterior, cuando exista sentencia penal firme que determine dicho nexo, dentro del plazo de un año a contar desde la notificación de la resolución judicial, o desde la fecha en que hubiera tenido conocimiento efectivo de ella.