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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 del Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. · BOE-A-2007-21501

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-15.

Texto consolidado

Podrán acogerse al procedimiento regulado en el presente real decreto aquellos electores que reúnan los siguientes requisitos:

1. Encontrarse temporalmente fuera del territorio nacional una vez efectuada la convocatoria de un proceso electoral, y que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación.

2. Figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-15.

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