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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Complementos salariales.

Artículo 2 del Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. · BOE-A-2026-3815

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-20.

Texto consolidado

Al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-02-20.

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