Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. · BOE-A-2013-10861
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-18.
Texto consolidado
Será de aplicación en los centros, entidades de formación o empresas regulados en el artículo 12 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, que debidamente acreditados por los Servicios Públicos de Empleo en sus correspondientes ámbitos de competencia, impartan la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad en cualquiera de sus modalidades.
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