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Orden Derogada

Artículo 2. Cálculo del tiempo de servicio.

Artículo 2 de la Orden DEF/1488/2013, de 31 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio. · BOE-A-2013-8557

Atención: Orden DEF/1488/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para el cálculo de los años de servicio necesarios para el cobro de este incentivo, se tomará como punto de partida la fecha del nombramiento como militar de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, una vez superado el periodo de formación militar general.

Si ingresase de nuevo, tras la superación de un nuevo proceso, o hubiese prestado servicio con anterioridad en el mismo o diferente ejército, se iniciará el cómputo del tiempo al ser nombrado de nuevo militar profesional, percibiéndolo al cumplir los años establecidos en el artículo 1, excepto si ya lo hubiese percibido con anterioridad por los mismos años de servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-01.

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