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Orden Vigente

Artículo 2. Composición del Consejo General.

Artículo 2 de la Orden de 25 de enero de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. · BOE-A-1985-2559

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-02-13.

Texto consolidado

1. El Consejo General estará integrado por los siguientes miembros:

a) Trece representantes de los Sindicatos más representativos en proporción a su representatividad, designados por el Órgano competente del Sindicato correspondiente.

b) Trece representantes de las Organizaciones Empresariales de más representatividad, designados por los Órganos competentes de la Organización Empresarial correspondiente.

c) Trece representantes de la Administración Pública.

La representatividad a que alude en los apartados a) y b) se entiende referida a nivel estatal, de acuerdo con la legislación vigente.

2. El Presidente del Consejo General será el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, y actuarán como Vicepresidente primero el Director general de Trabajo, y segundo, el Director del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, estando estos tres comprendidos entre los representantes de la Administración Pública.

3. El nombramiento de los representantes a que se refieren los apartados a), b) y c) del número 1 del presente artículo será comunicado por escrito a la Secretaría del Consejo General por las Organizaciones u Organismos correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-02-13.

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