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Ley Foral Vigente

Artículo 2. Concepto.

Artículo 2 de la Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra. · BOE-A-1987-13785

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-17.

Texto consolidado

A los efectos de esta Ley Foral, se entenderá por Caja de Ahorros el establecimiento de crédito de carácter social y naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, no dependiente de ninguna otra Empresa, dedicada a la captación, administración e inversión de los ahorros que le son confiados, que presta sus servicios a la comunidad bajo el protectorado público del Gobierno de Navarra ejercido a través del Departamento de Economía y Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-05-17.

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