Artículo 1. Ambito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra. · BOE-A-1987-13785
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-17.
Texto consolidado
Las disposiciones contenidas en esta Ley Foral serán aplicables a las Cajas de Ahorro cuyo domicilio social radique en territorio de la Comunidad Foral de Navarra.