Artículo 2. Ámbito de actuación.
Artículo 2 de la Ley Foral 1/2005, de 22 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra. · BOE-A-2005-5552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-26.
Texto consolidado
El ámbito de actuación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra será el del territorio la Comunidad Foral.