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Ley Vigente

Artículo 2. Creación, naturaleza y régimen jurídico.

Artículo 2 de la Ley 8/2007, de 2 de marzo, de ordenación de Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas y de la creación del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2007-7419

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.

Texto consolidado

1. Se crea el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV), como entidad autónoma de carácter administrativo, adscrito a la conselleria competente en materia de universidades y formación superior.

2. El Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana estará dotado de personalidad jurídica propia, autonomía económica y administrativa, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

3. El Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana se regirá por lo dispuesto en esta Ley, por el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y demás normas aplicables.

4. El régimen jurídico de los actos emanados del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana será el establecido en la presente ley y en la normativa específica de la Generalitat, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre procedimiento administrativo común a todas las administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-09.

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