Artículo 2. Ámbito de la Ley.
Artículo 2 de la Ley 8/1996, de 5 de julio, de regulación de la programación audiovisual distribuida por cable. · BOE-A-1996-18660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-08.
Texto consolidado
La presente Ley se aplica a las entidades que prestan el servicio público de televisión por cable.