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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998. · BOE-A-1997-28052

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII, por importe de 30.980.516.337 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Agrupación por funciones del presupuesto de gastos

Capítulos I a VIII

(En miles de pesetas)

Funciones

Capítulos I a VIII

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

43.613.619

Administración General

56.762.223

Relaciones Exteriores

137.383.709

Justicia

211.801.630

Protección y Seguridad Nuclear

5.145.966

Defensa

840.623.915

Seguridad y Protección Civil

591.454.981

Seguridad y Protección Social

12.128.523.710

Promoción Social

477.447.052

Sanidad

3.905.326.888

Educación

1.027.763.786

Vivienda y Urbanismo

113.740.422

Bienestar Comunitario

52.230.260

Cultura

102.164.749

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

10.139.879

Infraestructuras Básicas y Transportes

1.140.897.001

Comunicaciones

43.930.205

Infraestructuras Agrarias

37.978.663

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

313.687.025

Información Básica y Estadística

33.847.753

Regulación Económica

290.364.357

Regulación Financiera

266.377.727

Agricultura, Ganadería y Pesca

1.072.108.413

Industria

106.340.533

Energía

6.320.110

Minería

151.735.056

Turismo

15.223.762

Comercio

147.343.973

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales

3.508.266.687

Relaciones Financieras con la Unión Europea

952.215.000

Deuda Pública

3.189.757.283

Total

30.980.516.337

Dos. En los estados de ingresos de los entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII Ingresos no financieros

Capítulo VIII Activos financieros

Total ingresos

Estado

16.125.772.552

108.974.700

16.234.747.252

Organismos autónomos administrativos

2.142.125.528

38.536.058

2.180.661.586

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

1.257.156.408

338.782

1.257.495.190

Seguridad Social

8.721.967.472

13.300.000

8.735.267.472

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

22.132.604

11.579.356

33.711.960

Total

28.269.154.564

172.728.896

28.441.883.460

Tres. Para las transferencias internas entre los entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 5.664.748.483 miles de pesetas, con el siguiente desglose por entes:

(Miles de pesetas)

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos autónomos administrativos

Organismos autónomos comerciales

Seguridad Social

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

Total

Estado

525.361.392

163.861.441

4.038.692.542

128.196.104

4.856.111.479

Organismos autónomos administrativos

24.211.000

442.000

68.000

425.386

25.146.386

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

246.879.516

5.625.000

465.385

2.785

252.972.686

Seguridad Social

260.056.932

270.461.000

530.517.932

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

Total

531.147.448

531.428.392

164.394.826

4.309.581.713

128.196.104

5.664.748.483

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII Gastos no financieros

Capítulo VIII Activos financieros

Total gastos

Estado

18.139.555.609

1.042.905.910

19.182.461.519

Organismos autónomos administrativos

2.711.619.013

471.315

2.712.090.328

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

1.418.230.499

347.725

1.418.578.224

Seguridad Social

13.135.256.888

34.969.797

13.170.226.685

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

161.828.564

79.500

161.908.064

Total

35.566.490.573

1.078.774.247

36.645.264.820

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 4.352.410.176 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo 1 de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

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