Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998. · BOE-A-1997-28052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII, por importe de 30.980.516.337 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Agrupación por funciones del presupuesto de gastos
Capítulos I a VIII
(En miles de pesetas)
Funciones
Capítulos I a VIII
Alta Dirección del Estado y del Gobierno
43.613.619
Administración General
56.762.223
Relaciones Exteriores
137.383.709
Justicia
211.801.630
Protección y Seguridad Nuclear
5.145.966
Defensa
840.623.915
Seguridad y Protección Civil
591.454.981
Seguridad y Protección Social
12.128.523.710
Promoción Social
477.447.052
Sanidad
3.905.326.888
Educación
1.027.763.786
Vivienda y Urbanismo
113.740.422
Bienestar Comunitario
52.230.260
Cultura
102.164.749
Otros Servicios Comunitarios y Sociales
10.139.879
Infraestructuras Básicas y Transportes
1.140.897.001
Comunicaciones
43.930.205
Infraestructuras Agrarias
37.978.663
Investigación Científica, Técnica y Aplicada
313.687.025
Información Básica y Estadística
33.847.753
Regulación Económica
290.364.357
Regulación Financiera
266.377.727
Agricultura, Ganadería y Pesca
1.072.108.413
Industria
106.340.533
Energía
6.320.110
Minería
151.735.056
Turismo
15.223.762
Comercio
147.343.973
Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales
3.508.266.687
Relaciones Financieras con la Unión Europea
952.215.000
Deuda Pública
3.189.757.283
Total
30.980.516.337
Dos. En los estados de ingresos de los entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII Ingresos no financieros
Capítulo VIII Activos financieros
Total ingresos
Estado
16.125.772.552
108.974.700
16.234.747.252
Organismos autónomos administrativos
2.142.125.528
38.536.058
2.180.661.586
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
1.257.156.408
338.782
1.257.495.190
Seguridad Social
8.721.967.472
13.300.000
8.735.267.472
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
22.132.604
11.579.356
33.711.960
Total
28.269.154.564
172.728.896
28.441.883.460
Tres. Para las transferencias internas entre los entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 5.664.748.483 miles de pesetas, con el siguiente desglose por entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen
Transferencias según destino
Estado
Organismos autónomos administrativos
Organismos autónomos comerciales
Seguridad Social
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
Total
Estado
–
525.361.392
163.861.441
4.038.692.542
128.196.104
4.856.111.479
Organismos autónomos administrativos
24.211.000
442.000
68.000
425.386
–
25.146.386
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
246.879.516
5.625.000
465.385
2.785
–
252.972.686
Seguridad Social
260.056.932
–
–
270.461.000
–
530.517.932
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
–
–
–
–
–
–
Total
531.147.448
531.428.392
164.394.826
4.309.581.713
128.196.104
5.664.748.483
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII Gastos no financieros
Capítulo VIII Activos financieros
Total gastos
Estado
18.139.555.609
1.042.905.910
19.182.461.519
Organismos autónomos administrativos
2.711.619.013
471.315
2.712.090.328
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
1.418.230.499
347.725
1.418.578.224
Seguridad Social
13.135.256.888
34.969.797
13.170.226.685
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
161.828.564
79.500
161.908.064
Total
35.566.490.573
1.078.774.247
36.645.264.820
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 4.352.410.176 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo 1 de esta Ley.