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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999. · BOE-A-1998-30154

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 32.296.525.009 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Alta Dirección del Estado y del Gobierno: 46.402.471.

Administración General: 69.363.625.

Relaciones Exteriores: 146.306.781.

Justicia: 231.115.561.

Protección y Seguridad Nuclear: 5.207.857.

Defensa: 873.434.376.

Seguridad y Protección Civil: 618.079.093.

Seguridad y Protección Social: 12.333.678.177.

Promoción Social: 745.240.918.

Sanidad: 4.122.824.600.

Educación: 998.483.796.

Vivienda y Urbanismo: 112.655.720.

Bienestar Comunitario: 58.858.044.

Cultura: 104.973.950.

Otros Servicios Comunitarios y Sociales: 30.621.409.

Infraestructuras Básicas y Transportes: 1.234.894.669.

Comunicaciones: 33.742.067.

Infraestructuras Agrarias: 68.731.731.

Investigación Científica, Técnica y Aplicada: 460.002.572.

Información Básica y Estadística: 41.260.144.

Regulación económica: 299.386.798.

Regulación financiera: 270.579.743.

Agricultura, Ganadería y Pesca: 1.086.434.186.

Industria: 132.901.475.

Energía: 6.209.356.

Minería: 151.770.175.

Turismo: 16.602.633.

Comercio: 138.938.007.

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales: 3.787.237.175.

Relaciones financieras con la Unión Europea: 1.029.587.900.

Deuda Pública: 3.041.000.000.

Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total Ingresos

Estado

16.813.307.759

108.548.200

16.921.855.959

Organismos autónomos

3.655.052.679

113.446.608

3.768.499.287

Seguridad Social

9.126.780.169

26.414.000

9.153.194.169

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

14.153.605

16.604.300

30.757.905

Total

29.609.294.212

265.013.108

29.874.307.320

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 6.102.433.664 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:

(Miles de pesetas)

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos autónomos

Seguridad Social

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

Total

Estado

661.206.614

4.391.888.965

123.364.382

5.176.459.961

Organismos autónomos

345.859.400

10.627.356

356.486.756

Seguridad Social

285.924.141

500.000

283.062.806

569.486.947

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley .

Total

631.783.541

672.333.970

4.674.951.771

123.364.382

6.102.433.664

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total Gastos

Estado

18.866.768.043

1.024.761.410

19.891.529.453

Organismos autónomos

4.436.190.214

936.279

4.437.126.493

Seguridad Social

13.876.375.693

39.804.747

13.916.180.440

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

154.051.787

70.500

154.122.287

Total

37.333.385.737

1.065.572.936

38.398.958.673

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 3.385.848.858 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

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