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Ley Vigente

Artículo 2. Clasificación de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Región de Murcia.

Artículo 2 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12526

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-13.

Texto consolidado

Los bienes más destacados del patrimonio cultural de la Región de Murcia deberán ser clasificados conforme a las siguientes categorías:

a) Los bienes de interés cultural.

b) Los bienes catalogados por su relevancia cultural.

c) Los bienes inventariados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-13.

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