El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Fines de la Ley.

Artículo 2 de la Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario. · BOE-A-2000-22307

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-21.

Texto consolidado

1. Con base en la concreción constitucional del principio sustantivo de autonomía competencial en materia agraria, y a su correlato en el orden instrumental derivado de la autonomía presupuestaria y financiera, la presente Ley determina su objeto en la consecución de los fines que a continuación se expresan y ordenan.

2. Fines primarios:

a) El establecimiento de una política agraria propia de la Comunidad Autónoma que siente como principios básicos de su ordenación la creación y el fomento de explotaciones agrarias rentables, de acuerdo con los parámetros de productividad, calidad y diversificación de la actividad agraria.

b) La renovación funcional del espacio rural como elemento estructural en la ordenación integral del territorio comunitario, según sus condiciones, fines o destinos adecuados a las nuevas demandas y necesidades sociales.

3. Fines conexos:

a) El fomento del desarrollo económico del sector ligado al equilibrio territorial de la Comunidad Autónoma y a una efectiva realización interna del principio de solidaridad.

b) La racionalización de la explotación agraria y mejora de la protección del medio ambiente, conforme a las circunstancias y características del patrimonio y de los recursos naturales de la Comunidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-21.

Más artículos de Ley 4/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.