Artículo 2. Principios generales.
Artículo 2 de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de Protección Civil de Cataluña. · BOE-A-1997-14409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-18.
Texto consolidado
1. La protección civil se inspira en los principios de:
a) Solidaridad en la asunción de riesgos y daños.
b) Responsabilidad pública y autoprotección.
c) Proximidad e inmediatez de la acción pública.
d) Integración de planes y recursos.
2. La organización y actuación en materia de protección civil deben orientarse por los principios de continuidad, descentralización, planificación, coordinación, subsidiariedad, proporcionalidad, celeridad y eficacia.