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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo uno de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993. · BOE-A-1992-28826

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 24.245.953.123 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos, de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Miles de pesetas

Alta Dirección del Estado y del Gobierno.

32.767.961

Administración General.

40.011.267

Relaciones Exteriores.

79.168.097

Justicia.

222.110.959

Protección y Seguridad Nuclear.

4.558.866

Defensa.

716.968.290

Seguridad y Protección Civil.

518.828.033

Seguridad y Protección Social.

9.169.874.665

Promoción Social.

335.141.605

Sanidad.

2.939.902.996

Educación.

1.005.807.681

Vivienda y Urbanismo.

99.258.289

Bienestar Comunitario.

26.581.535

Cultura.

83.834.385

Otros Servicios Comunitarios y Sociales.

22.219.544

Infraestructuras Básicas y Transportes.

1.013.700.489

Comunicaciones.

167.201.149

Infraestructuras Agrarias.

46.467.831

Investigación Científica, Técnica y Aplicada.

183.738.334

Información Básica y Estadística.

32.661.104

Regulación económica.

287.074.540

Regulación comercial.

123.997.434

Regulación financiera.

122.407.473

Agricultura, Ganadería y Pesca.

681.893.319

Industria.

137.311.540

Energía.

8.701.455

Minería.

60.505.708

Turismo.

16.364.945

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales.

2.927.214.299

Relaciones financieras y transferencias a las Comunidades Europeas.

798.480.000

Deuda Pública.

2.341.199.330

Total.

24.245.953.123

Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado expresado en miles de pesetas se recoge a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado.

12.972.272.800

21.100.000

12.993.372.800

Organismos autónomos administrativos.

1.696.569.565

53.971.414

1.750.540.979

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.

945.890.215

326.458

946.216.673

Seguridad Social.

6.749.054.866

7.317.041

6.756.371.907

Entes del artículo uno.e) de la presente Ley.

9.663.853

786.586

10.450.439

Total.

22.373.451.299

83.501.499

22.456.952.798

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo se conceden créditos por importe de 4.153.615.238 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:

(Miles de pesetas)

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos

autónomos

administrativos

Organismos

autónomos

comerciales

Seguridad

Social

Entes

del art. una.e)

de la presente Ley

Total

Estado.

897.824.510

210.502.850

2.335.810.271

134 189.334

3.578.326.965

Organismos autónomos administrativos.

11.928.600

56.718

416.084

12.401.402

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.

201.000.000

10.186.000

3,924.062

30.030

215.140.092

Seguridad Social.

135.206.259

212.338.000

347.544.259

Entes del artículo uno.e) de la presente Ley.

202.520

202.520

Total.

348.134.859

908.010.510

214.483.630

2.548.796.905

134.189.334

4.153.615.238

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

(Miles de pesetas)

Capítulos económicos

Entes

Capítulos I a VII Gastos no financieros

Capítulo VIII Activos financieros

Total gastos

Estado

14.752.581.918

378.312.861

15.130.894.779

Organismos autónomos administrativos

2.644.818.666

12.451.340

2.657.270.006

Organismos autónomos comerciales, industriales financieros o análogos

1.160.318.138

2.402.465

1.162.720.603

Seguridad Social

9.265.200.815

39.074.385

9.304.275.200

Entes del artículo Uno.e) de la presente Ley

144.378.773

29.000

144.407.773

Total

27.967.298.310

432.270.051

28.399.568.361

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros se autorizan créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 1.720.176.211 millones de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.

Redactado el apartado 4 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 5, de 6 de enero de 1993.Ref. BOE-A-1993-314

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

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