Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo uno de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993. · BOE-A-1992-28826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 24.245.953.123 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos, de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Miles de pesetas
Alta Dirección del Estado y del Gobierno.
32.767.961
Administración General.
40.011.267
Relaciones Exteriores.
79.168.097
Justicia.
222.110.959
Protección y Seguridad Nuclear.
4.558.866
Defensa.
716.968.290
Seguridad y Protección Civil.
518.828.033
Seguridad y Protección Social.
9.169.874.665
Promoción Social.
335.141.605
Sanidad.
2.939.902.996
Educación.
1.005.807.681
Vivienda y Urbanismo.
99.258.289
Bienestar Comunitario.
26.581.535
Cultura.
83.834.385
Otros Servicios Comunitarios y Sociales.
22.219.544
Infraestructuras Básicas y Transportes.
1.013.700.489
Comunicaciones.
167.201.149
Infraestructuras Agrarias.
46.467.831
Investigación Científica, Técnica y Aplicada.
183.738.334
Información Básica y Estadística.
32.661.104
Regulación económica.
287.074.540
Regulación comercial.
123.997.434
Regulación financiera.
122.407.473
Agricultura, Ganadería y Pesca.
681.893.319
Industria.
137.311.540
Energía.
8.701.455
Minería.
60.505.708
Turismo.
16.364.945
Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales.
2.927.214.299
Relaciones financieras y transferencias a las Comunidades Europeas.
798.480.000
Deuda Pública.
2.341.199.330
Total.
24.245.953.123
Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado expresado en miles de pesetas se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Ingresos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total ingresos
Estado.
12.972.272.800
21.100.000
12.993.372.800
Organismos autónomos administrativos.
1.696.569.565
53.971.414
1.750.540.979
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.
945.890.215
326.458
946.216.673
Seguridad Social.
6.749.054.866
7.317.041
6.756.371.907
Entes del artículo uno.e) de la presente Ley.
9.663.853
786.586
10.450.439
Total.
22.373.451.299
83.501.499
22.456.952.798
Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo se conceden créditos por importe de 4.153.615.238 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen
Transferencias según destino
Estado
Organismos
autónomos
administrativos
Organismos
autónomos
comerciales
Seguridad
Social
Entes
del art. una.e)
de la presente Ley
Total
Estado.
‒
897.824.510
210.502.850
2.335.810.271
134 189.334
3.578.326.965
Organismos autónomos administrativos.
11.928.600
‒
56.718
416.084
‒
12.401.402
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.
201.000.000
10.186.000
3,924.062
30.030
‒
215.140.092
Seguridad Social.
135.206.259
‒
‒
212.338.000
‒
347.544.259
Entes del artículo uno.e) de la presente Ley.
‒
‒
‒
202.520
‒
202.520
Total.
348.134.859
908.010.510
214.483.630
2.548.796.905
134.189.334
4.153.615.238
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
(Miles de pesetas)
Capítulos económicos
Entes
Capítulos I a VII Gastos no financieros
Capítulo VIII Activos financieros
Total gastos
Estado
14.752.581.918
378.312.861
15.130.894.779
Organismos autónomos administrativos
2.644.818.666
12.451.340
2.657.270.006
Organismos autónomos comerciales, industriales financieros o análogos
1.160.318.138
2.402.465
1.162.720.603
Seguridad Social
9.265.200.815
39.074.385
9.304.275.200
Entes del artículo Uno.e) de la presente Ley
144.378.773
29.000
144.407.773
Total
27.967.298.310
432.270.051
28.399.568.361
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros se autorizan créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 1.720.176.211 millones de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.
Redactado el apartado 4 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 5, de 6 de enero de 1993.Ref. BOE-A-1993-314