Artículo 2. Ámbito de aplicación objetivo.
Artículo 2 de la Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios. · BOE-A-2020-3955
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-14.
Texto consolidado
La presente ley es aplicable a las actividades que realizan los agentes de la cadena alimentaria.