Artículo 2. Funciones del deporte.
Artículo 2 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. · BOE-A-2012-5596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-14.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de Galicia reconoce las especiales funciones que el deporte desempeña en la sociedad; en especial, en los ámbitos de la educación, la formación y la cultura, en la mejora de la salud pública, en el fomento de la cohesión social, en el desarrollo y en el respeto al medio ambiente.
2. En atención a las funciones mencionadas, el deporte se considera de interés público para la Comunidad Autónoma de Galicia.