Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 3/1998, de 30 de junio, de Creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia. · BOE-A-1999-349
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-04.
Texto consolidado
El ámbito de actuación del Colegio será el territorio de Galicia.