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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994. · BOE-A-1993-31087

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 27.225.436.554 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

38.409.418

Administración General

35.909.487

Relaciones Exteriores

100.816.553

Justicia

234.844.780

Protección y Seguridad Nuclear

4.423.386

Defensa

755.774.020

Seguridad y Protección Civil

530.138.888

Seguridad y Protección Social

10.482.401.454

Promoción Social

334.458.918

Sanidad

3.103.197.948

Educación

1.021.856.705

Vivienda y Urbanismo

106.693.766

Bienestar Comunitario

34.701.207

Cultura

119.401.959

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

21.999.931

Infraestructuras Básicas y Transportes

1.132.122.688

Comunicaciones

189.404.882

Infraestructuras Agrarias

41.629.968

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

186.043.012

Información Básica y Estadística

33.019.149

Regulación económica

323.171.125

Regulación comercial

129.962.265

Regulación financiera

226.523.816

Agricultura, Ganadería y Pesca

847.202.245

Industria

134.183.158

Energía

8.183.152

Minería

63.427.508

Turismo

16.308.412

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales

3.170.320.754

Relaciones financieras con Comunidades Europeas

937.934.000

Deuda Pública

2.860.972.000

Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

12.836.402.411

41.548.287

12.877.950.698

Organismos autónomos administrativos

1.722.377.177

35.644.906

1.758.022.083

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.

1.135.224.980

329.963

1.135.554.943

Seguridad Social

7.055.243.146

7.275.000

7.062.518.146

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

11.615.089

6.397.785

18.012.874

Total

22.760.862.803

91.195.941

22.852.058.744

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado Uno de este artículo se conceden créditos por importe de 4.620.561.850 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:

(Miles de pesetas)

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos autónomos administrativos

Organismos autónomos comerciales

Seguridad Social

Entes del art. 1.e) de la presente Ley

Total

Estado

-

1.094.260.855

224.287.662

2.561.454.234

131.371.465

4.011.374.216

Organismos autónomos administrativos

20.450.967

-

-

379.000

-

20.829.967

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

207.354.719

25.973.019

2.237.382

33.415

-

235.598.535

Seguridad Social

152.734.954

-

-

199.989.000

-

352.723.954

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

-

-

-

35.178

-

35.178

Total

380.540.640

1.120.233.874

226.525.044

2.761.890.827

131.371.465

4.620.561.850

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII Gastos no financieros

Capítulo VllI Activos financieros

Total gastos

Estado

16.514.191.888

775.345.548

17.289.537.436

Organismos autónomos administrativos

2.865.319.785

12.154.289

2.877.474.074

Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

1.359.093.839

1.379.455

1.360.473.294

Seguridad Social

10.156.666.988

12.694.373

10.169.361.361

Entes del artículo 1.e) de la presente Ley

149.112.479

39.760

149.152.239

Total

31.044.384.979

801.613.425

31.845.998.404

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros se autorizan créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 1.764.833.661 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-01-01.

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