Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994. · BOE-A-1993-31087
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 27.225.436.554 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Alta Dirección del Estado y del Gobierno
38.409.418
Administración General
35.909.487
Relaciones Exteriores
100.816.553
Justicia
234.844.780
Protección y Seguridad Nuclear
4.423.386
Defensa
755.774.020
Seguridad y Protección Civil
530.138.888
Seguridad y Protección Social
10.482.401.454
Promoción Social
334.458.918
Sanidad
3.103.197.948
Educación
1.021.856.705
Vivienda y Urbanismo
106.693.766
Bienestar Comunitario
34.701.207
Cultura
119.401.959
Otros Servicios Comunitarios y Sociales
21.999.931
Infraestructuras Básicas y Transportes
1.132.122.688
Comunicaciones
189.404.882
Infraestructuras Agrarias
41.629.968
Investigación Científica, Técnica y Aplicada
186.043.012
Información Básica y Estadística
33.019.149
Regulación económica
323.171.125
Regulación comercial
129.962.265
Regulación financiera
226.523.816
Agricultura, Ganadería y Pesca
847.202.245
Industria
134.183.158
Energía
8.183.152
Minería
63.427.508
Turismo
16.308.412
Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales
3.170.320.754
Relaciones financieras con Comunidades Europeas
937.934.000
Deuda Pública
2.860.972.000
Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Ingresos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total ingresos
Estado
12.836.402.411
41.548.287
12.877.950.698
Organismos autónomos administrativos
1.722.377.177
35.644.906
1.758.022.083
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.
1.135.224.980
329.963
1.135.554.943
Seguridad Social
7.055.243.146
7.275.000
7.062.518.146
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
11.615.089
6.397.785
18.012.874
Total
22.760.862.803
91.195.941
22.852.058.744
Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado Uno de este artículo se conceden créditos por importe de 4.620.561.850 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen
Transferencias según destino
Estado
Organismos autónomos administrativos
Organismos autónomos comerciales
Seguridad Social
Entes del art. 1.e) de la presente Ley
Total
Estado
-
1.094.260.855
224.287.662
2.561.454.234
131.371.465
4.011.374.216
Organismos autónomos administrativos
20.450.967
-
-
379.000
-
20.829.967
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
207.354.719
25.973.019
2.237.382
33.415
-
235.598.535
Seguridad Social
152.734.954
-
-
199.989.000
-
352.723.954
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
-
-
-
35.178
-
35.178
Total
380.540.640
1.120.233.874
226.525.044
2.761.890.827
131.371.465
4.620.561.850
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII Gastos no financieros
Capítulo VllI Activos financieros
Total gastos
Estado
16.514.191.888
775.345.548
17.289.537.436
Organismos autónomos administrativos
2.865.319.785
12.154.289
2.877.474.074
Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
1.359.093.839
1.379.455
1.360.473.294
Seguridad Social
10.156.666.988
12.694.373
10.169.361.361
Entes del artículo 1.e) de la presente Ley
149.112.479
39.760
149.152.239
Total
31.044.384.979
801.613.425
31.845.998.404
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros se autorizan créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 1.764.833.661 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.