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Ley Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

Texto consolidado

1. A los efectos de la presente ley son instituciones museísticas las siguientes:

a) Los museos, entendiendo por tales las instituciones de carácter permanente, abiertas al público, sin ánimo de lucro, al servicio de la sociedad y de su desarrollo, que adquieren, conservan, investigan, exhiben y difunden conjuntos y colecciones de bienes de valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, industrial, científico, técnico, documental, bibliográfico o de cualquier otra naturaleza cultural, material e inmaterial, para fines de estudio, educación y disfrute intelectual y estético y que fomentan la participación cultural, lúdica y científica de los ciudadanos.

b) Las colecciones museográficas, entendiendo por tales los conjuntos estables de bienes culturales conservados por instituciones o personas físicas o jurídicas que no reúnen las condiciones que la presente ley establece para los museos, pero están abiertas al público de forma permanente, con un horario establecido, y expuestas de manera coherente y ordenada.

c) Los centros de interpretación, entendiendo por tales los espacios vinculados a sitios o monumentos con valores históricos, artísticos, arqueológicos, medioambientales, industriales, etnográficos, paleontológicos y científicos que ayudan al entendimiento y la comprensión de sus valores culturales. Las instalaciones expositivas ubicadas en los Parques Arqueológicos de Castilla-La Mancha deberán adecuarse, en el menor tiempo posible, como Centros de Interpretación de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la presente ley.

2. A los efectos de la presente ley se entenderá que las instituciones museísticas tienen interés para Castilla-La Mancha cuando las colecciones y conjuntos que conservan forman parte del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

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