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Ley Vigente

Artículo 2. Actuación administrativa.

Artículo 2 de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. · BOE-A-1999-7740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Texto consolidado

La titularidad de las potestades administrativas reguladas en esta Ley corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, que deberá velar por el correcto cumplimiento de las prescripciones legales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

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