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Ley Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears. · BOE-A-2006-22262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

Texto consolidado

1. Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley:

a) Las bibliotecas, las colecciones y los centros de documentación de titularidad pública.

b) Las bibliotecas, las colecciones y los centros de documentación de titularidad privada que, mediante un convenio entre alguna administración pública y sus propietarios, sean accesibles para el uso público general o restringido.

2. Los preceptos de esta ley son aplicables a las bibliotecas y los centros de documentación de titularidad estatal ubicados en el territorio de las Illes Balears, sin perjuicio de la legislación estatal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

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