Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 1 de la Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears. · BOE-A-2006-22262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-01.
Texto consolidado
Constituyen el objeto de esta ley:
a) El establecimiento de las bases y las estructuras fundamentales necesarias para la planificación, la creación, la organización, el funcionamiento y la coordinación del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears.
b) La ordenación del Sistema Bibliotecario dirigido por los principios de coordinación y de colaboración entre los centros bibliotecarios y las instituciones que son titulares.
c) El establecimiento de un marco normativo adecuado para la creación, el reconocimiento, la gestión y la integración en un sistema común de las bibliotecas y de los centros de documentación establecidos en las Illes Balears.
d) La consecución de un sistema gratuito de lectura pública que garantice el derecho de todos los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a la lectura y a la información públicas en el marco de la sociedad del conocimiento y de las nuevas tecnologías.
e) La protección, la conservación, el enriquecimiento, el fomento, la investigación y la difusión del patrimonio bibliográfico de las Illes Balears.