Artículo 2. Valores de la actividad voluntaria.
Artículo 2 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
La actividad voluntaria se basará y se desarrollará con arreglo a los siguientes valores:
a) Los que inspiran y contribuyen a la convivencia en una sociedad democrática, participativa, plural y comprometida con la equidad, la libertad, la cohesión y la justicia social.
b) Los que promocionan la defensa del bien común y de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución española, interpretados de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Social Europea.