Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 12/1996, de 27 de diciembre, de Creación del Colegio Oficial de Podólogos de Galicia. · BOE-A-1997-6016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-21.
Texto consolidado
El ámbito de actuación del Colegio Oficial de Podólogos de Galicia será el territorio de esta Comunidad Autónoma.