Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 12/1996, de 27 de diciembre, de Creación del Colegio Oficial de Podólogos de Galicia. · BOE-A-1997-6016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-21.
Texto consolidado
Se crea el Colegio Oficial de Podólogos de Galicia, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica y capacidad de obrar plena para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones.