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Ley Vigente

Artículo 2. Tasas aplicables por la Consejería de Educación y Juventud.

Artículo 2 de la Ley 11/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2000-2768

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.

Texto consolidado

Se añade una nueva tasa 2 a las aplicables por la Consejería de Educación y Juventud de la Ley 9/1992, denominada Tasa por expedición de Títulos y Diplomas académicos, derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, cuya redacción será la siguiente:

«2. Tasa para expedición de Títulos y Diplomas académicos.

Hecho imponible: Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio por la Administración Educativa de la expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales de enseñanza no universitaria que se enumeran en las tarifas.

Sujeto pasivo: Será sujeto pasivo de la tasa quien solicite dicho servicio o actividad o quien resulte beneficiado por el mismo.

Devengo: La tasa se devengará en el momento de solicitar la prestación de los servicios.

Exenciones a los miembros de las familias numerosas. A los miembros de las familias numerosas les será de aplicación las exenciones y bonificaciones que en cada momento se establezcan por la legislación reguladora de protección familiar.

Forma de pago: La tasa se abonará en un solo pago en el momento de su devengo.

Tarifa: Las cuotas de la tasa se ajustarán a las tarifas siguientes:

Tarifa 1: Aplicable para la expedición de los títulos no gratuitos derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE):

Bachillerato LOGSE. Tarifa Normal: 6.920.

Técnico. Tarifa normal: 2.820.

Técnico Superior. Tarifa normal: 6.920.

Certificado de Aptitud de las Escuelas de Idiomas. Tarifa normal: 3.330.

Bachillerato LOGSE. Familia numerosa primera categoría: 3.460.

Técnico. Familia numerosa primera categoría: 1.410.

Técnico Superior. Familia numerosa primera categoría: 3.460.

Certificado de Aptitud de las Escuelas de Idiomas. Familia numerosa primera categoría: 1.665.

Tarifa 2: para los casos de solicitud de duplicados por extravío, modificaciones, etc, imputables al interesado:

Bachillerato LOGSE. Tarifas: 620.

Técnico. Tarifas: 330.

Técnico Superior. Tarifas: 620.

Certificado de Aptitud de Escuelas de Idiomas.

Tarifas: 310.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-01.

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