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Ley Vigente

Artículo 1. Tasas aplicables por la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Artículo 1 de la Ley 11/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2000-2768

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.

Texto consolidado

Se modifican las tarifas 1, 2 y 3, de la tasa 9, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, denominada Tasa por servicios prestados por el Centro de Formación Náutico-Pesquera, de la Ley de Tasas y Precios Públicos del Gobierno de Cantabria, que quedarán redactadas como sigue:

«Tarifa 1. Por los derechos de asistencia a cursos y/o presentación a exámenes organizados por el Centro de Formación Náutico-Pesquera.

1. Especialidades profesionales:

Capitán de Pesca: 5.000 pesetas.

Patrón mayor de cabotaje: 5.000 pesetas.

Patrón de pesca de altura: 5.000 pesetas.

Patrón de cabotaje: 5.000 pesetas.

Patrón de primera clase pesca litoral: 5.000 pesetas.

Patrón local de pesca: 4.000 pesetas.

Patrón costero polivalente: 5.000 pesetas.

Patrón de tráfico interior: 2.000 pesetas.

Mecánico naval mayor: 5.000 pesetas.

Mecánico naval de primera clase: 5.000 pesetas.

Mecánico naval de segunda clase: 5.000 pesetas.

Radio telefonista Naval (restringido): 2.000 pesetas.

Operador rest. Para S.M.S.S.M.: 3.000 pesetas.

Operador gral. Para S.M.S.S.M.: 5.000 pesetas.

Mecamar: 1.000 pesetas.

Competencia de marinero: 1.000 pesetas.

Buceo prof. segunda clase restringido: 10.000 pesetas.

Buceo prof. segunda clase: 15.000 pesetas.

Especialidades subacuáticas: 10.000 pesetas.

Lucha contra incendios: 5.000 pesetas.

Supervivencia en la mar: 5.000 pesetas.

Tecnología del frío: 10.000 pesetas.

Neumática-hidráulica: 10.000 pesetas.

Automática-sensórica: 10.000 pesetas.

Socorrismo marítimo: 10.000 pesetas.

Manejo embarcaciones salvamento: 10.000 pesetas.

2. Títulos de recreo.

Patrón de embarcaciones de recreo (P.E.R.): 5.000 pesetas.

Patrón de yate: 7.000 pesetas.

Capitán de yate: 8.500 pesetas.

Patrón para la navegación básica: 5.000 pesetas.

Tarifa 2. Expedición o renovación de tarjetas, títulos o diplomas.

1. Especialidades profesionales:

Competencia de marinero: 2.000 pesetas.

Marineros especialistas: 2.000 pesetas.

Resto de especialidades: 3.000 pesetas.

2. Especialidades recreativas.

Capitán de yate: 11.000 pesetas.

Patrón de yate: 3.000 pesetas.

Patrón de embarcaciones de recreo: 3.000 pesetas.

Patrón para la navegación básica: 3.000 pesetas.

3. Otras.

Expedición por convalidación o canje: 2.000 pesetas.

Renovación de tarjetas: 2.000 pesetas.

Tarifa 3. Validaciones y convalidaciones.

Validación de autorizaciones federativas: 550 pesetas.

Convalidación de asignaturas de ciclos profesionales: 250 pesetas.

Convalidación de expedientes deportivos: 1.500 pesetas.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-01.

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