Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 1/2001, de 22 de enero, de Creación del Colegio de Educadores Sociales de Galicia. · BOE-A-2001-5187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-02-02.
Texto consolidado
El ámbito de actuación del Colegio será el territorio de Galicia.