Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 1/2001, de 16 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco. · BOE-A-2011-19048
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-12.
Texto consolidado
El ámbito territorial del Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco es el de la Comunidad Autónoma del País Vasco.