Artículo 2. Whisky.
Artículo 2 del Decreto 644/1973, de 29 de marzo, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de whisky. · BOE-A-1973-509
Atención: Decreto 644/1973 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El whisky es un aguardiente compuesto obtenido por mezcla de aguardiente de malta y destilado de cereales, previamente envejecidos por separado en recipientes de roble durante el tiempo suficiente y en las debidas condiciones ambientales de temperatura y grado higrométrico.