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Ley Foral Derogada

Artículo 198. Criterios de adjudicación del contrato.

Artículo 198 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. · BOE-A-2006-11956

Atención: Ley Foral 6/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades contratantes adjudicarán los contratos contemplados en el presente Libro utilizando los criterios establecidos en el artículo 51.1. En todo caso los contratos de concesión se adjudicarán a la oferta más ventajosa.

Para los supuestos de empate entre dos o más ofertas se estará a lo dispuesto en el artículo 51.3.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-06.

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