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Ley Foral Derogada

Artículo 197. Sistemas de mejora de la contratación.

Artículo 197 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. · BOE-A-2006-11956

Atención: Ley Foral 6/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades contratantes podrán aplicar el acuerdo marco, el sistema dinámico de compra y la puja electrónica conforme a lo definido y regulado en el Libro I de esta Ley Foral. Las menciones a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares se entenderán hechas a las condiciones reguladoras del contrato y las referencias a la Administración a las entidades contratantes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-06.

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