Artículo 196. Sujetos pasivos.
Artículo 196 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2022-758
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-09.
Texto consolidado
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten el cambio de uso que constituye el hecho imponible.#df-3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía..